Actualizado el viernes, 27 abril, 2018

El 29 de junio de 2016 el Congreso de la Nación sancionó la ley de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados. La propuesta es de aceptación voluntaria, y reconoce el derecho de los jubilados y pensionados que se encuentran en proceso judicial contra el ANSES, a actualizar el monto de sus haberes, en función de los fallos de la Corte Suprema de Justicia, de las Cámaras de la Seguridad Social, y de las Cámaras Federales, mediante un acuerdo, y con la aprobación de un juez.

 

¿Quienes pueden acceder a este programa?

Las personas que pueden acceder al programa son aquellas que están incluidas en alguno de éstos grupos:

 

  1. Con sentencia firme:  son aquellos beneficiarios que han iniciado juicio por reajuste de haberes y han ganado el juicio antes del 30 de Mayo de 2016. El monto de la remuneración mensual se actualizará a partir de la homologación del acuerdo. Es decir, el acuerdo será revisado por un juez, y una vez aprobado, se percibe la remuneración actualizada. Además se percibirán las diferencias desde dos años anteriores a que ANSES se haya notificado de la demanda judicial.
  2. Sin sentencia firme:  son quienes tienen juicio iniciado, pero todavía no lo ganaron al 30 de mayo de 2016. El haber se actualizará a partir de que el juez apruebe el acuerdo. Los retroactivos se abonarán desde dos años anteriores en que ANSES se notifica de la demanda, y hasta cuatro años anteriores a la aceptación de la propuesta (Reparación Histórica).
  3. Quienes no hayan iniciado el juicio:  al 30 de mayo de 2016, y estén dentro del alcance del programa. La propuesta es un ajuste de haberes desde la fecha en que el juez apruebe la propuesta. Es necesaria la representación de un abogado, que será cubierto por ANSES.

 

¿Cómo se accede al programa?

Se puede consultar en MI ANSES, con la Clave de Seguridad Social, esta clave se obtiene completando un formulario en el sitio de la ANSES, acá esta el link: https://servicioscorp.anses.gob.ar/clavelogon/logon.aspx?system=mianses

 

En el formulario se ingresa el número de CUIL, y una clave alfanumérica que deberás crear, esta clave debe tener un mínimo de 8 caracteres (letras y números) y un máximo de 15. La clave es secreta y confidencial, no debe compartirse con nadie. Es personal e intransferible, no se debe olvidar, ni dársela a ningún extraño. Ni siquiera a un empleado del ANSES. Si alguien la pide por correo electrónico u otro medio en línea, con la excusa de confirmar, bajo ningún aspecto se le debe compartir la misma.

Así se ve el campo para agregar la clave:

Una vez obtenida la Clave de Seguridad Social, se debe registrar la huella dactilar.  Este es un requisito para todos los jubilados y para sus abogados. Quienes no la tengan registrada, deberán hacerlo en la agencia de la ANSES correspondiente, solicitando un turno previamente. Para aclaración, en la ANSES esto se llama Sistema Biométrico, que no es más que dejar la huella dactilar registrada.

 

El abogado también debe dejar su huella dactilar registrada, en el caso de no tener un abogado que represente al beneficiario, ANSES provee uno GRATUITAMENTE. Por ningún trámite que se deba hacer para ingresar en el programa de Reparación Histórica se debe pagar, todo es gratuito.  El listado de abogados contratados por ANSES para representar al beneficiario está en la siguiente web: https://www.anses.gob.ar/reparacionhistorica/patrocinantes.html

 

Para el caso en que el beneficiario se encontrara imposibilitado de concurrir a una agencia de ANSES, la huella se tomará donde éste resida, solo que debe ser autenticada ante Escribano Público.  La lista de Escribanos relacionados con ANSES la podemos encontrar aquí: https://www.anses.gob.ar/reparacionhistorica/escribanos.html

 

En caso de no encontrar en el listado un abogado o escribano en la zona que resida el beneficiario, buscar un profesional que esté de acuerdo con las condiciones que propone la ANSES. Previamente consultar en la oficina de ANSES más cercana.

En este link se ven los pagos estipulados para los abogados: https://www.anses.gob.ar/reparacionhistorica/abogados.html#pago-honorarios

 

Una vez creada la clave, ingresar en MI ANSES, en donde está la sección Reparación Histórica, se puede visualizar el monto de la remuneración con el ajuste y también el monto del retroactivo, si es que éste corresponde. 

 

Continuaremos profundizando en el tema en un próximo artículo.

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